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El Juzgado de lo Penal condena a un médico del equipo de Urgencias por la muerte de un montillano en 2013

El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha condenado a un médico del Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias (DCCU) del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 300.000 euros a los familiares de un montillano de 49 años, casado y padre de dos hijos, que murió en 2013 tras requerir asistencia sanitaria por un tromboembolismo pulmonar.



Tal y como avanzó Montilla Digital, los hechos se remontan al 15 de marzo de 2013, cuando un vecino de la barriada de El Gran Capitán requirió, sobre las 22.00 de la noche, la asistencia en su propio domicilio de un equipo del DCCU del Servicio Andaluz de Salud.

Según el escrito de calificación del fiscal y el de la acusación particular, a los que tuvo acceso este periódico, el médico que atendió la emergencia valoró de manera "manifiestamente incompetente" los datos clínicos del paciente, compatibles con un episodio de tromboembolismo pulmonar, por el que terminó falleciendo horas más tarde.

En ese sentido, el Ministerio Público y la acusación particular, apoyándose en el informe emitido por el médico forense, sostuvieron que la muerte del paciente "acaeció por el tiempo de demora en el diagnóstico e instauración del tratamiento médico adecuado para evitar dicho fallecimiento".

Tras el deceso, los hechos fueron puestos en conocimiento judicial mediante denuncia expresa emitida por los familiares de la víctima en sede judicial. Por ello, el médico acusado, perteneciente al Distrito Sanitario Córdoba Sur, se enfrentaba a una pena de prisión de dos años y medio y cuatro años de inhabilitación profesional, además de una indemnización económica que la acusación particular cifró en 600.000 euros para la viuda, los hijos, el padre y los hermanos del fallecido –herederos de la difunta madre, que falleció días después–, al considerar los hechos como "una imprudencia profesional grave con resultado de muerte".

El Ministerio Público, no obstante, rebajó la petición de esta indemnización en 300.000 euros, al haber establecido menores cantidades económicas para la viuda y los dos hijos –uno de ellos, menor de edad– y no computar como perjudicados al padre y a los hermanos de la víctima.

De igual modo, se decretó la responsabilidad civil subsidiaria del Distrito Sanitario Córdoba Sur del Servicio Andaluz de Salud (SAS), del que depende orgánicamente el Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias, y de la compañía Zurich con la que, a la fecha del fallecimiento del vecino de Montilla, la Administración autonómica tenía suscrita una póliza de aseguramiento de sus responsabilidades civiles.

Tras la celebración de la vista oral, la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba, considera al médico de Urgencias como "autor de un delito de homicidio por imprudencia profesional menos grave", por lo que lo condena a la pena de multa de doce meses con cuota diaria de diez euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y con imposición de costas, incluidas las de la acusación particular.

En ese sentido, la sentencia establece que, en vía de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la esposa del fallecido con 160.0000 euros por daño moral y perjuicio y, a sus hijos, con 85.000 y 55.000 euros, respectivamente, por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su padre.

De igual modo, el fallo judicial, del que hoy ha avanzado algunos detalles el diario ABC, declara igualmente la responsabilidad civil directa y solidaria de la entidad aseguradora Zurich y la responsabilidad civil subsidiaria del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

J.P. BELLIDO / REDACCIÓN